En una carrera contra reloj, el estado de California presentó, el 30 de diciembre de 2014, un día antes de finalizar el plazo legalmente establecido, la reglamentación aplicable a la fractura hidráulica, que tiene vocación de ser la norma más exhaustiva de los EEUU sobre este campo.
El portal jurídico The National Law Review informa que la Oficina Californiana de Derecho Administrativo aprobó la reglamentación definitiva sobre la fractura hidráulica elaborada por la División de Petróleo, Gas y Recursos Geotérmicos del Departamento de Conservación. La reglamentación contiene una “declaración de intenciones”, según la cual esta nueva reglamentación tiene como objetivo complementar el marco reglamentario actual de la citada División respecto al petróleo y el gas, mediante normativas específicas sobre la “estimulación de pozos” (tratamiento destinado a mejorar la producción de petróleo y gas o la recuperación de la permeabilidad de la formación geológica).
La reglamentación establece los requisitos para asegurar la integridad de los pozos, sus camisas, y los aislamientos geológicos e hidrológicos de la formación de petróleo y gas, durante y después de los tratamientos de estimulación. También requiere una publicación completa de la composición y disposición de los fluidos utilizados para la estimulación, incluyendo los líquidos de la fractura hidráulica, los fluidos ácidos y los fluidos extraídos durante el proceso. Entre otras cosas, la normativa establece nuevos requisitos para los permisos de estimulación de pozos, la notificación a los vecinos y los ensayos del agua de los pozos. En concreto, las solicitudes de permisos para la estimulación de pozos requerirán un plan de gestión del agua que incluye una estimación de la cantidad de agua que se utilizará para el tratamiento, la fuente de agua considerada para atender ese tratamiento y el método de vertido del agua recuperada de los fluidos extraídos durante el tratamiento.
La nueva reglamentación entrará en vigor el 1 de julio de 2015.