El informe final titulado «Review of California’s Water Recycling Criteria for Agricultural Irrigation”, publicado en 2012, y en el que se recogen las recomendaciones de un Panel Asesor independiente coordinado por el National Water Research Institute (NWRI) ha sido presentado en diversas noticias de ASERSA, en razón de la forma razonada y justificada, científica y técnicamente, con que se evaluaron los criterios vigentes desde 1978 para el riego agrícola de productos hortícolas de consumo crudo.
El Capítulo 3 de ese informe contiene una valoración detallada de la relevancia sanitaria de la presencia de microorganismos patógenos en el agua regenerada. Tras una descripción detallada de los microorganismos de interés para la protección de la salud pública, el informe analiza los patógenos de interés sanitario en relación con el riego de productos hortícolas con agua regenerada. Finalmente, dedica cuatro sub-apartados a presentar una “valoración cuantitativa del riesgo microbiológico” (QMRA) del riego con agua regenerada de productos hortícolas de consumo crudo, describe detalladamente el enfoque utilizado, presenta los resultados y conclusiones derivadas del mismo y realiza un breve análisis sobre el riesgo aceptable o tolerable que se deduce de esa evaluación.
Por otra parte, el Capítulo 4 del citado informe contiene una serie de preguntas y respuestas en cuya descripción se presenta de forma resumida y muy pedagógica la evolución histórica de los principales criterios de calidad del agua regenerada adoptados desde 1978 por el Departamento de Salud Pública de California.
En resumen, la modificación del Título 22 de la reglamentación estatal en 1978 consistió básicamente en proponer una planta de potabilización de agua como forma de regenerar “un buen efluente” de una estación depuradora secundaria de aguas residuales. Fue una imagen sugerente y persuasiva ante los usuarios: producir un agua que fuera “analíticamente potable”, aun aceptando que el origen del agua afluente solo permitía su reutilización para riego agrícola. Esa propuesta pragmática inicial fue verificada mediante el proyecto de Monterey (1980-85) y ha sido posteriormente mejorada y detallada en base a estudios como el del contenido viral de las depuradoras en el Condado de Los Ángeles (Pomona Studies, 1977) y otros sobre la eficacia de eliminación de las depuradoras, hasta incorporar la exigencia de mantener un producto de CxT de 450 mg cloro residual/L.min, con un tiempo de contacto mínimo de 90 min. Recientes propuestas están valorando la necesidad de definir un valor equivalente para efluentes totalmente desnitrificados (referidos por tanto al contenido de cloro libre residual) como los que se exigen actualmente en los efluentes depurados del estado. En definitiva, es un compendio histórico de gran valor para cualquiera que quiera conocer los orígenes (primero pragmáticos, luego confirmatorios) de la normativa aplicable a la reutilización para riego agrícola en California.
Toda esta información científica y técnica habría de ser de gran utilidad para responder a la reciente petición del Scientific Committee on Health, Environmental and Emerging Risks (SCHEER) de la Comisión Europea, en la que se recomienda ampliar la descripción de la metodología y ofrecer una orientación detallada sobre la forma en que los requisitos de calidad mínima deberían ser obtenidos, utilizando entre otros medios los modelos de “valoración cuantitativa del riesgo microbiológico” (QMRA) como los incluidos en el informe californiano.