El 7 de diciembre de 2007, el Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó el Real Decreto 1620/2007, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas.

Esta norma, pionera a nivel internacional, establece una serie de definiciones que facilitan la comprensión del texto destacándose la definición de los conceptos de regeneración de agua, agua regenerada y reutilización de agua. Trata también los aspectos relativos al régimen jurídico, tales como el título requerido para su uso, los procedimientos de obtención de la concesión y/o autorización, y los contratos de cesión de derechos. Finalmente establece las condiciones de calidad que debe cumplir el agua regenerada para su uso, indicando los usos permitidos y prohibidos y el régimen de responsabilidades en relación al mantenimiento de la calidad.

En los tres anexos a la normativa se definen los valores máximos admisibles de los parámetros de calidad para cada uso permitido y la frecuencia y modo de análisis de los parámetros, así como el modelo de solicitud de concesión y autorización.

Con objeto de ampliar su difusión, la Asociación Española de Reutilización Sostenible del Agua (ASERSA), la Universitat Politécnica de Catalunya y el Consorci de la Costa Brava han patrocinado la traducción de dicho Real Decreto al ingles:

El texto en inglés del Real Decreto 1620/2007 puede descargarse en este enlace: «Royal Decree 1620/2007, of 7 December, which sets the legal framework for the reuse of treated wastewater»